1978

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LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978*
Consta de 10 títulos y 169 artículos. La estructura del texto se divide en dos partes bien diferenciadas:

a) Parte dogmática: se reconoce un conjunto de derechos fundamentales de la persona y se garantiza su ejercicio.
b) Parte orgánica: se establece la división de los poderes del Estado, su organización territorial y la distribución de competencias.
El sistema constitucional español se asienta sobre tres pilares básicos:
--Monarquía Constitucional: el rey es arbitro y moderador, inviolable y exento de responsabilidad. El rey jura guardar y hacer guardar la constitución y respetar la libertad y los derechos de los ciudadanos: como la vida, la propiedad privada, intimidad, etc.
La Constitución defiende unos principios a los que debe orientarse la política económica y social del Estado. El Defensor del Pueblo y los tribunales de Justicia son los encargados de garantizar la protección de los derechos de los ciudadanos. Para controlar la constitucionalidad de las leyes se crea el Tribunal Constitucional. --Régimen Parlamentario: el rey tiene muy poco poder. Los dos poderes más importantes del Rey son: Nombrar al presidente del gobierno y Disolver las dos cámaras de las cortes.
La misión del Rey es representar la unidad de la nación española y ser arbitro y moderador entre las fuerzas políticas.




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