Características y Funcionamiento del Proceso Legal: Enfoque Jerárquico y Concentrado

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Características del Proceso Legal Jerárquico

Una sucesión metódica de etapas, ya que la jerarquía así se organiza. Una especialización funcional, asignación de tareas metódicas. Los procesos ante el órgano decisorio inicial son simplemente un episodio de una secuencia continua de procesos de revisión. Hay una marcada revisión superior, propia de una ordenamiento vertical de poder. Se concibe como una secuela de la adjudicación original normal en el curso de los hechos. Es normal, por lo tanto, posponer la ejecución de la decisión original hasta que ha hablado el poder superior, sucesivamente.

Esta revisión judicial es extensa, abarca temas de hecho, derecho e incluso lógica. Es por esto que se requiere siempre una claridad y coherencia en la fundamentación de una sentencia, para el correcto funcionamiento del control de calidad. Es por esto que las decisiones originales pierden importancia, adquieren un aura de provisionalidad, esto se considera necesario para una garantía de justicia limpia y ordenada, del debido proceso.

Fragmentación del Proceso

La fragmentación del proceso es otra característica importante, presupone la capacidad del aparato funcionario para sostener una actividad prolongada y precisa, que sean preservados los resultados de actividades temporalmente discretas y separadas. Esto se justifica por la preferencia burocrática de meditar, considerar y ponderar todas las razones y pruebas antes de decidir, para así considerar todos los puntos que puedan surgir.

Importancia del Expediente

Aquí radica la importancia del expediente, que se considera como el vehículo del juez para llegar a la decisión (principalmente en el juicio civil). Decidir con independencia del expediente, solo por primeras impresiones, es decidir con una preparación inadecuada, en terrenos inciertos y resbaladizos.

Monopolización de la Acción Procesal

En este tipo ideal se produce una monopolización de la acción procesal, se les niegan funciones a los abogados privados y a los funcionarios semiprivados. Se sofocan las acciones procesales privadas. El proceso legal jerárquico es identificado con la acción desarrollada por los funcionarios personalmente encargados de un segmento procesal.

Legalismo Lógico

Se considera necesario que el proceso legal se regule por una red interna coherente de reglas inflexibles. El legalismo lógico se traduce en la rigidez y especificidad de la reglamentación del proceso legal.

Características del Proceso Legal Concentrado

La concentración del proceso, ya que al estructurarse como un único escalafón indiferenciado, no hay tribunales especializados en tareas metódicas. Esto da lugar a procedimientos centrados en un único juicio y juez, presumiblemente el único juicio. Las apelaciones tienen poca ejecución y no hay una diferenciación de etapas preparatorias, esto debido a las diferencias históricas en el desarrollo de la estructura tradicional del poder procesal.

Diferencias entre el Sistema Continental y el Anglosajón

Mientras en el continente se desarrolló una rama especializada de investigación de pruebas en la edad media tardía, en Inglaterra los jueces de paz solo desarrollan moderados métodos de investigación en casos penales. No desarrollan una estructura burocrática y las funciones policiales y procesales estuvieron en manos privadas hasta el siglo XIX. Esto influye en que hoy en el sistema anglosajón no se generen pruebas sólidas fuera del tribunal ni antes del juicio.

Remedios Legales

La existencia de remedios legales que pueden interpretarse como un reflejo del ideal de toma de decisiones a un nivel sobre el que se han insertado trozos y piezas del control de calidad jerárquico. Son fragmentos de una supervisión jerarquizada. Las decisiones no son ejecutadas de manera inmediata, independientemente de que se consideren las únicas decisiones sobre el caso. Se puede inducir al juez a una revisión de su sentencia, frustrar la aplicación de las decisiones instituyendo otra acción paralela ante otro juez. Generalmente, para asegurar la rectitud de las decisiones se instauran instrumentos que preceden a la decisión (debido proceso).

Justificación de las Decisiones

Difícilmente se les pedirá a los jueces justificaciones claras y profundas de sus decisiones, ya que la revisión es esporádica y limitada a errores muy notables. Además, la revisión es de carácter indirecto y no es pieza central del debido proceso.

Confianza en la Calidad del Testimonio

Confianza en la calidad y en el testimonio dado directamente a la audiencia. Esto porque no se precisa guardar una larga memoria institucional, en una organización de funcionarios temporales. Se ha desarrollado una maquinaria para confrontar a los testigos cuando testifican ante el juez y en precauciones contra los falsos testimonios. La concentración del proceso "day in court" se explica por la rotativa de funcionarios y por la preferencia de la reflexión estupefacta antes que a la frialdad burocrática.

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