Aspectos de un empresario
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Subsidio:
Contingencia | Duración | cuantía | A cargo de |
Enfermedad común y accidente no laboral | 1°, 2°, 3° días de baja | No cobra subsidio | empresario |
del 4° al 15° día | 60% de la base reguladora | empresario | |
del 16° al 20° día | 60% de la base reguladora | INSS y mutua | |
día 21° hasta día de alta | 75% de la base reguladora | INSS y mutua | |
Enfermedad profesional y accidente laboral | desde el día siguiente al de la baja | 75% de la base reguladora | INSS y mutua |
Incapacidad permanente: Es la situación en la que se encuentra el trabajador que presenta reducciones anatómicas o funcionales graves que disminuyen o anulan su capacidad para el trabajo.
-Incapacidad permanente parcial: Es la que se produce al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento de su profesión.
-Incapacidad permanente total: Inhabilita al trabajador para la realización de las tareas fundamentales de su profesión.
Desempleo: Situación en la que pudiendo y queriendo trabajar, pierden su empleo o ven reducida su jornada laboral.
-Nivel contributivo: Estar afiliados a la SS, encontrarse en situación legal de desempleo, tener cubierto el periodo mínimo de cotización, no haber cumplido la edad establecida para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación y haber trabajado por cuenta ajena.
-Nivel asistencial: Se concede a quienes en situación de paro, carecen de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional.
Sindicatos: Asociación permanente de de trabajadores que ejercen cierta actividad profesional para la representación y mejora de sus intereses profesionales y de sus condiciones de vida.
Representación de los trabajadores:
La participación de los trabajadores en la empresa se articula a través de: | Representación unitaria | Comité de empresa |
Delegados de personal | ||
Representación sindical | Secciones sindicales | |
Delegados sindicales |
Convenio colectivo: Son acuerdos suscritos por los representantes de los trabajadores y de los empresarios para fijar las condiciones de trabajo y productividad de un sector económico o de una empresa.
Ámbito de los convenios: Geográfico, funcional, temporal y personal.
Conflicto colectivo: Es un conflicto jurídico que surge como consecuencia de las discrepancias entre el empresario y los trabajadores respecto de la aplicación de las normas preexistentes. Este tipo de conflictos laborales puede exteriorizarse sin suspensión del trabajo y con suspensión.
Huelga: Es un derecho fundamental de los españoles reconocido en el artículo de la constitución. Pueden ser legales o prohibidas.