Análisis de la Constitución Española de 1978: Principios, Derechos y Organización Territorial
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1. La Constitución Española de 1978
1.1 Características
Nuestra Constitución es:
- Extensa: Es la más larga de nuestra historia, tanto en extensión real (número de palabras) como en número de artículos (169).
- Rígida: Debido a la dificultad en su procedimiento de reforma.
- Derivada: Sigue modelos nacionales y extranjeros.
- Consensuada: Es fruto del compromiso entre las distintas fuerzas políticas, lo que ocasiona cierta ambigüedad en su articulado. Esta ambigüedad, lejos de ser perjudicial, permite que fuerzas políticas contrapuestas puedan gobernar bajo su amparo.
- De origen popular: Fue elaborada por un Parlamento elegido por el pueblo y ratificada posteriormente mediante referéndum.
- Democrática: Se basa en principios democráticos, la separación de poderes y la soberanía popular, estableciendo una amplia regulación de los derechos fundamentales y libertades públicas.
- Autonomista: Define la estructura territorial del Estado como un modelo intermedio entre el unitarismo centralista y el federalismo.
- Normativa: No se limita a principios programáticos, sino que forma parte del ordenamiento jurídico, vinculando a todos los poderes públicos y situándose en la cúspide de la pirámide normativa.
1.2 Principios Constitucionales Básicos
La Constitución define a España como un Estado social y democrático de Derecho, cuyos valores superiores son:
- La libertad
- La justicia
- La igualdad
- El pluralismo político
Siguiendo al profesor Lucas Verdú, distinguimos entre:
- Principios políticos: Inspiran nuestro modelo de Estado (Estado social y democrático de Derecho).
- Principios jurídicos: Mencionados en el artículo 9.3 de la Constitución.
1.2.1 Principios Políticos
El artículo 1.1 de la Constitución define a España como un Estado social y democrático de Derecho. Esta fórmula debe interpretarse unitariamente, donde cada término interactúa con los demás.
1.2.1.1 Estado de Derecho
Un Estado de Derecho implica una regulación jurídica del poder político que protege los derechos individuales frente a la arbitrariedad del Estado. Se basa en:
- Primacía de la ley: Norma suprema emanada de las Cortes que regula la actividad estatal.
- Separación de poderes: Garantía de libertad con tres poderes (legislativo, ejecutivo y judicial) que se controlan mutuamente.
- Reconocimiento y garantía de los derechos y libertades fundamentales.
1.2.1.2 Estado Democrático
La democracia se manifiesta en:
- Soberanía nacional residente en el pueblo.
- Aceptación del pluralismo político y social.
- Participación ciudadana en asuntos públicos.
- Instituciones de democracia semidirecta (iniciativa popular, derecho de petición, referéndum).
1.2.1.3 Estado Social
El Estado social busca el bienestar social a través de la justicia social, la igualdad de oportunidades y la redistribución de la riqueza. Se concreta en políticas públicas que garantizan derechos sociales como la educación, la sanidad, la seguridad social, etc.
1.2.2 Principios Jurídicos
- Principio de legalidad
- Principio de reserva material de ley
- Principio de reserva formal
- Principio de jerarquía normativa
- Principio de publicidad
- Irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos
- Principio de seguridad jurídica
- Responsabilidad de los poderes públicos
- Interdicción de la arbitrariedad
1.3 Contenido. Especial Referencia a los Poderes del Estado
La Constitución tiene una parte dogmática (Título Preliminar y Título I) y una parte orgánica (Títulos II a IX). Destacamos algunos puntos del Título Preliminar y de los órganos constitucionales.
1.3.1 Título Preliminar
- El castellano es la lengua española oficial del Estado.
- Se describe la bandera de España.
- Madrid es la capital del Estado.
- Los partidos políticos son el instrumento fundamental para la participación política.
- Se reconoce el papel de los sindicatos y las asociaciones empresariales.
- Se define la misión de las Fuerzas Armadas.
- Los poderes públicos deben promover la libertad y la igualdad.
1.3.2 Las Cortes Generales
Representan al pueblo español y ejercen la potestad legislativa. Se componen del Congreso de los Diputados y el Senado.
1.3.2.1 El Congreso de los Diputados
Cámara legislativa básica elegida por sufragio universal.
1.3.2.2 El Senado
Cámara de representación territorial.
1.3.3 El Gobierno
Dirige la política interior y exterior, la Administración y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria.
1.3.3.1 Composición
Se compone del Presidente, Vicepresidentes, Ministros y otros miembros.
1.3.3.2 Funciones
Funciones políticas, administrativas, normativas y jurisdiccionales.
2. Derechos y Libertades
2.1 Clasificación
Según su grado de protección, los derechos se clasifican en:
- Derechos de máxima protección (artículos 15 a 29): Requieren Ley Orgánica para su desarrollo y gozan de un procedimiento preferente y sumario ante la jurisdicción ordinaria, además del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
- Derechos de protección media (artículos 30 a 38): Deben ser regulados por ley y pueden ser objeto de recurso de inconstitucionalidad.
- Derechos de protección mínima (Capítulo III): Son principios rectores de la vida social y económica que informan la legislación y la actuación de los poderes públicos.
2.2 Derechos de Ámbito Personal
- Derecho a la vida (art. 15): Protegido desde la concepción hasta la muerte.
- Derecho a la integridad física y moral (art. 15): Protege contra tratos vejatorios o denigrantes.
- Derecho a la libertad ideológica, religiosa y de culto (art. 16): Garantiza la libertad de creencias y la aconfesionalidad del Estado.
- Derecho a la libertad y seguridad (art. 17): Protege contra detenciones arbitrarias y regula los derechos del detenido, incluyendo el habeas corpus.
- Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen (art. 18.1): Derechos inalienables, irrenunciables e imprescriptibles.
- Derecho a la inviolabilidad del domicilio (art. 18.2): Sólo se permite la entrada con consentimiento del titular, autorización judicial o en caso de flagrante delito.
- Derecho al secreto de las comunicaciones (art. 18.3): Protege la confidencialidad de las comunicaciones.
- Libertad de residencia y circulación (art. 19): Derecho a elegir residencia y circular libremente por el territorio español.
2.3 Derechos de Participación
- Libertad de expresión (art. 20): Incluye la libertad de expresión, de creación, de cátedra y de información.
- Derecho de reunión (art. 21): Derecho a reunirse pacíficamente, regulado por la Ley Orgánica 9/83.
- Derecho de asociación (art. 22): Derecho a asociarse libremente, regulado por la Ley Orgánica 1/2002.
- Derecho a participar en asuntos públicos y acceso a funciones y cargos públicos (art. 23): Concreción del principio de soberanía popular.
- Derecho de petición (art. 29): Derecho a dirigirse a los poderes públicos, regulado por la Ley Orgánica 4/2001.
2.4 Derechos Institucionales
- Derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24): Derecho a obtener la tutela de los tribunales y a un proceso con todas las garantías.
- Derechos de los condenados a penas privativas de libertad (art. 25.2): Orientación a la reinserción social.
- Derecho a la educación (art. 27): Incluye la libertad de enseñanza y el derecho a la educación, que es obligatoria y gratuita en los niveles básicos.
3. Organización Territorial del Estado
3.1 Principios Generales
- Principio de unidad: Fundamento de la Constitución, limita la autonomía de las nacionalidades y regiones.
- Principio de solidaridad: Busca el equilibrio económico entre las Comunidades Autónomas.
- Principio de autonomía: Derecho de las nacionalidades y regiones a autogobernarse.
3.2 La Administración Local
El artículo 137 de la Constitución establece que el Estado se organiza territorialmente en municipios, provincias y Comunidades Autónomas.
4. La Comunidad Autónoma de las Illes Balears (CAIB)
4.1 Los Estatutos de Autonomía
El artículo 147.2 de la Constitución establece el contenido mínimo de los Estatutos de Autonomía.
4.2 Modificaciones del Texto Estatutario
El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears ha sido reformado en varias ocasiones, siendo la última la Ley Orgánica 1/07.
4.3 Tipología de Competencias de la CAIB
Se detallan las competencias exclusivas del Estado, las exclusivas de las CCAA y las compartidas.
4.3.1 Competencias Relativas a la Seguridad
El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears establece la competencia para la creación y organización de un cuerpo de policía propio.
4.4 El Gobierno Balear
4.4.1 El Presidente de la Comunidad Autónoma: Elección y Posición Política
Se describe el proceso de elección del Presidente, que corresponde al Parlamento.
4.5 Los Consells Insulars
Instituciones de gobierno de cada isla, cuya composición y competencias se detallan en el Estatuto de Autonomía.
4.5.1 Organización de los Consells Insulars
Se describen los órganos necesarios de cada Consell Insular: Presidente, Pleno y Consell Executiu.
4.5.2 Competencias de los Consells Insulares
Se distinguen entre competencias propias y la función ejecutiva de competencias delegadas.