Análisis Comparativo: Bases de Manresa (1892) y Constitución Española de 1876
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Bases de Manresa (1892)
Contexto: Nos encontramos ante una fuente primaria de naturaleza político-legislativa que establece las bases para la autonomía de Cataluña. Se enmarca durante la Regencia de María Cristina, bajo el gobierno conservador de Cánovas. Su destinatario es el público español.
Contenido:
- Identidad lingüística: Establecimiento del catalán como lengua oficial (Base 3ª) y derecho a la independencia para pueblos con lengua propia.
- Acceso a empleos públicos: Limitado a nacidos o naturalizados en Cataluña (Base 4ª).
- Parlamento catalán: Creación de un Parlamento o Cortes catalanas con poder legislativo (Base 7ª).
- Contribución militar: Participación en el ejército español a través de voluntarios o contribución económica (Base 12ª), evocando los fueros perdidos tras los Decretos de Nueva Planta.
- Orden público: Competencias plenas en materia de orden público (Base 13ª), con instituciones como el Somatén (policía rural) y los Mossos de Escuadra.
- Educación: Regulación de la enseñanza pública según la cultura catalana (Base 15ª).
- Protección constitucional: La Constitución Catalana y los derechos de los catalanes bajo la protección del ejecutivo catalán (Base 16ª).
Competencias del Estado: Relaciones internacionales, control del ejército, infraestructuras, resolución de conflictos interregionales y presupuesto anual.
Contexto Histórico: La Restauración Española (1875-1931)
La Restauración, marcada por el regreso de la monarquía borbónica con Alfonso XII, estuvo caracterizada por:
- Guerra de Cuba y pérdida de las colonias.
- Asesinato de Cánovas.
- Surgimiento de los nacionalismos (catalán, vasco y gallego) como respuesta al sistema unitario.
Constitución Española de 1876
Naturaleza: Fuente primaria de carácter político-legislativo, promulgada durante el reinado de Alfonso XII y dirigida al público.
Principales ideas:
- Religión: Confirmación del catolicismo como religión oficial, con respeto a otras religiones siempre que se respete la moral cristiana (Art. 11).
- Derechos individuales: Reconocimiento de las libertades de opinión, reunión y asociación (Art. 13).
- Monarquía constitucional: Soberanía compartida entre las Cortes y el rey (Art. 18).
- Sistema bicameral: Cortes compuestas por el Senado y el Congreso de los Diputados (Art. 19).
- Poder ejecutivo: Reside en el rey, encargado de ejecutar las leyes (Art. 50).
- Unificación foral: Establecimiento de un único Fuero para todos los españoles (Art. 75).
Contexto y análisis:
La Constitución de 1876, de larga vigencia, se promulgó tras el pronunciamiento del general Martínez Campos a favor de la restauración borbónica. Representó un sistema apoyado por la Iglesia, el ejército y parte del pueblo, buscando garantizar el orden público. Sin embargo, se enfrentó a la oposición de carlistas, republicanos, movimientos obreros y nacionalismos. La abstención en las provincias vascas y regiones catalano-levantinas evidenció el descontento y el auge de los nacionalismos.
En contraste con la Constitución centralista, las Bases de Manresa (1892) surgieron como un proyecto nacionalista catalán que buscaba un mayor grado de autogobierno. Mientras la Constitución de 1876 defendía la unidad religiosa y foral, las Bases de Manresa reivindicaban la lengua catalana, la autonomía política y el control sobre instituciones claves como la educación y el orden público. Este documento sentó las bases del catalanismo político y su lucha por el reconocimiento de la identidad catalana dentro de España.