Administración General del Estado en España: Estructura, Órganos y Funciones
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La Administración General del Estado en España
La Administración General del Estado extiende sus competencias a todo el territorio español, bajo la dirección del Gobierno. Está formada por una serie de órganos jerárquicamente ordenados y actúa con personalidad jurídica propia, desarrollando funciones ejecutivas de carácter administrativo.
Tipos de Órganos
- Órganos centrales: Su competencia se extiende a todo el territorio nacional.
- Órganos periféricos: Su competencia comprende una parte del territorio.
- Órganos en el exterior: Su misión es la de representar a España ante otros Estados y organismos internacionales.
- Organismos públicos: Entidades creadas para prestar los servicios públicos con mayor eficacia.
- Organismos consultivos: Su misión es asesorar y emitir dictámenes sobre las disposiciones de los órganos ejecutivos.
- Órganos de control económico: Se han creado para determinar si la actividad financiera de la administración se ajusta a las normas que la regulan.
La Administración Central del Estado
Es aquella cuya competencia se extiende a todo el territorio nacional. Los órganos superiores de la Administración General del Estado son el Consejo de Ministros, las Comisiones Delegadas del Gobierno, el Presidente del Gobierno y los Ministros.
También puede haber uno o varios Vicepresidentes del Gobierno.
Todos los órganos de la Administración del Estado se hallan bajo la dependencia del Presidente del Gobierno.
Consejo de Ministros
El Gobierno está formado por el Presidente, uno o varios Vicepresidentes y por los Ministros.
El Gobierno se constituye mediante el procedimiento de investidura de su Presidente y cesa por la celebración de elecciones generales, por disolución anticipada de las Cortes, por pérdida de confianza parlamentaria o por la dimisión o muerte de su Presidente.
A la reunión del Gobierno en pleno se le llama reunión del Consejo de Ministros.
Los miembros del Consejo de Ministros son nombrados por el Rey a propuesta del Presidente del Gobierno.
Las Comisiones Delegadas del Gobierno
Son creadas por este y tienen funciones coordinadoras de la acción de los asuntos comunes a varios ministerios.
El Presidente del Gobierno
Dirige la acción del Gobierno y coordina la actuación de sus miembros. Convoca y preside las reuniones del Consejo de Ministros.
Competencias del Presidente del Gobierno
- Convocar y presidir el Consejo de Ministros.
- Dirigir la acción del Gobierno.
- Dirigir la política de defensa.
- Refrendar los actos del Rey.
- Plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza.
El Vicepresidente del Gobierno
Se trata de un órgano cuya existencia no es obligatoria y, dependiendo de la voluntad del Presidente, pueden existir uno o varios Vicepresidentes.
El Vicepresidente asumirá las funciones que expresamente le delegue el Presidente.