Adhesión y Retirada de Estados Miembros en la Unión Europea: Requisitos y Procedimientos
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Condiciones de Adhesión a la UE
El artículo 49 del TUE establece los requisitos que debe cumplir un Estado europeo para solicitar su adhesión a la Unión Europea. Entre estos, se incluye el respeto y la promoción de los valores del artículo 2 del TUE, así como el consentimiento de las instituciones comunitarias y de los Estados Miembros. El solicitante también debe dirigirse a la Comisión y al Parlamento Europeo, requiriendo unanimidad para la aprobación. El procedimiento de adhesión suele ser largo y conlleva un examen exhaustivo del país solicitante.
Requisitos Adicionales: Criterios de Copenhague (1993)
Los Criterios de Copenhague, establecidos en 1993, exigen que el país candidato tenga la capacidad de asumir las obligaciones y suscribir los objetivos de la unión política, económica y monetaria:
- Político: Instituciones estables que garanticen la democracia, el Estado de derecho, los derechos humanos, y el respeto y protección de las minorías.
- Económico: Una economía de mercado en funcionamiento y la capacidad de hacer frente a la presión competitiva y a las fuerzas del mercado dentro de la Unión.
- Acervo Comunitario: Aceptar los derechos, libertades e ideales de la UE.
El Consejo de Madrid (diciembre de 1995) añadió más requisitos, indicando que un candidato debe estar en condiciones de poner en vigor las normas y procedimientos de la Unión, creando condiciones que permitan su integración mediante la adaptación de sus estructuras administrativas. También se requiere que la UE sea capaz de integrar a los nuevos países, garantizando que sus instituciones y procesos decisorios sigan siendo eficaces y transparentes, y que la Unión pueda seguir desarrollándose.
Procedimiento de Adhesión a la UE
- Solicitud de Adhesión: El Estado interesado presenta una solicitud al Consejo Europeo, incluyendo el compromiso de respetar los valores de la UE (Art. 2 TUE).
- Evaluación Inicial: La Comisión Europea analiza si el país cumple los requisitos básicos, especialmente los Criterios de Copenhague.
- Reconocimiento como Estado Candidato: Si supera la evaluación inicial, el país es declarado candidato oficial, requiriendo unanimidad en el Consejo Europeo y aprobación del Parlamento Europeo.
- Negociaciones de Adhesión: Se abren capítulos de negociación relacionados con distintas áreas del acervo comunitario (35 en total). El país candidato debe adaptar sus leyes, instituciones y prácticas para cumplir con los estándares de la UE. Se pueden acordar períodos transitorios para áreas específicas.
- Cierre de Negociaciones: Cuando se concluyen todos los capítulos, se firma un Tratado de Adhesión, que incluye las condiciones de adhesión, fechas y posibles períodos transitorios.
- Ratificación del Tratado de Adhesión: El tratado debe ser ratificado por el país candidato, todos los Estados miembros de la UE y el Parlamento Europeo (por mayoría).
- Adhesión Formal: El país candidato se convierte oficialmente en Estado miembro de la UE en la fecha acordada.
Duración y Complejidad
El procedimiento puede extenderse durante años o incluso décadas, dependiendo del progreso del país en cumplir los requisitos y la capacidad de la UE para integrar nuevos miembros. Ejemplo: Turquía es candidata desde 1999, pero aún no ha completado el proceso.
Procedimiento de Retirada de la UE (Art. 50 TUE)
- Notificación: El Estado miembro que decide retirarse notifica formalmente al Consejo Europeo.
- Negociaciones: Se negocian los términos de la retirada, incluyendo las condiciones y futuras relaciones.
- El acuerdo debe ser aprobado por el Consejo de la UE y el Parlamento Europeo.
- Salida Formal: La salida se formaliza en la fecha acordada, o dos años después de la notificación si no hay acuerdo, salvo que se decida una prórroga.
- Reingreso: Si el país desea regresar a la UE, debe seguir el procedimiento de adhesión (Art. 49 TUE).
Ejemplo: El Reino Unido notificó su salida en 2017 y se retiró oficialmente en 2020 tras las negociaciones del Brexit.
Valores de la UE (Art. 2 TUE)
La Unión se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías. Estos valores son comunes a los Estados miembros en una sociedad caracterizada por el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre mujeres y hombres.
Objetivos de la UE (Art. 3 TUE)
- Promoción de la Paz y el Bienestar: La UE tiene como objetivo promover la paz, sus valores y el bienestar de sus pueblos.
- Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia: Garantiza la libre circulación de personas dentro de la UE, con medidas de control de fronteras exteriores, asilo, inmigración y lucha contra la delincuencia.
- Desarrollo Sostenible y Mercado Interior: La UE establece un mercado único y trabaja para un desarrollo económico equilibrado, crecimiento, estabilidad de precios, empleo pleno y progreso social. Promueve la justicia social, igualdad, cohesión económica y solidaridad entre los Estados miembros. También fomenta la protección del medio ambiente y la diversidad cultural.
- Unión Económica y Monetaria: La UE crea una unión económica y monetaria, con el euro como moneda común.
- Relaciones Exteriores: En sus relaciones globales, la UE promueve la paz, la seguridad, el respeto a los derechos humanos, el comercio justo y el respeto por el Derecho internacional.
- Medios Adecuados para Alcanzar los Objetivos: La UE actúa conforme a las competencias que le otorgan los Tratados para alcanzar estos objetivos.
Estatuto de los Ciudadanos de la UE
- A) Circulación y residencia libre dentro de la UE.
- B) Sufragio activo y pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo y elecciones municipales, con las mismas condiciones que los nacionales.
- C) Acogerse a la protección diplomática de un país de la UE en un país exterior, donde no haya embajada de su nacionalidad.
- D) Formular peticiones al Parlamento Europeo, al Defensor del Pueblo Europeo y dirigirse a las distintas instituciones, recibiendo una contestación en su lengua oficial.
- E) Derecho a la iniciativa ciudadana europea.
Objetivos de la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC)
- Defensa de los valores y principios comunes de la UE.
- Fortalecimiento de la seguridad de la UE.
- Mantenimiento de la paz y la estabilidad internacional.
- Fomento de la cooperación internacional.
- Desarrollo y consolidación de la democracia.
Sistema Institucional de la UE
Compuesto por 7 instituciones:
- Comisión Europea: Funciones principales: iniciativa legislativa, poder ejecutivo y guardiana de los tratados. Representa el interés de la UE.
- Consejo de la UE: Funciones principales: poder legislativo, función presupuestaria y coordinación de políticas económicas. Representa el interés de los Estados Miembros.
- Consejo Europeo: Funciones principales: definir las orientaciones políticas de la UE, tomar decisiones clave, impulsar su desarrollo e integrar políticas, además de nombrar figuras clave. Representa el interés de la UE.
- Parlamento Europeo (PE): Funciones principales: poder legislativo, control democrático y función presupuestaria. Representa el interés de los ciudadanos.
- Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE): Funciones principales: asegurar que el derecho de la UE se interprete y aplique de manera uniforme en todos los Estados miembros. Representa el interés de la UE.
- Tribunal de Cuentas: Funciones principales: gestión financiera. Representa el interés de la UE.
- Banco Central Europeo (BCE): Funciones principales: política monetaria. Representa el interés de la UE.
Comisión Europea
La Comisión Europea es el órgano ejecutivo de la Unión Europea, compuesto por un comisario de cada Estado miembro, cada uno responsable de un área específica. Su principal función es proponer legislación y gestionar las políticas y el presupuesto de la UE. Además, actúa como guardiana de los Tratados, asegurándose de que los Estados miembros cumplan con el derecho europeo y puede llevarlos ante el Tribunal de Justicia de la UE en caso de incumplimiento. La Comisión también tiene el rol de representar a la UE a nivel internacional, negociando acuerdos comerciales y otros pactos, y defendiendo los intereses colectivos de la Unión. A pesar de ser un órgano supranacional, actúa de manera independiente de los gobiernos nacionales, velando siempre por el bienestar general de la UE.
Procedimiento Legislativo Ordinario
El procedimiento legislativo ordinario es el proceso principal para la adopción de leyes en la Unión Europea. Implica la cooperación entre el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea, y se utiliza para la mayoría de los ámbitos legislativos. A continuación, se explican sus pasos:
- Propuesta de la Comisión Europea: La Comisión Europea presenta una propuesta legislativa, basada en sus competencias y en las prioridades políticas de la UE.
- Primera lectura en el Parlamento Europeo: El Parlamento Europeo examina la propuesta, la debate en comisiones y, finalmente, vota sobre el texto. El Parlamento puede aprobar la propuesta tal como está, rechazarla o enmendarla.
- Primera lectura en el Consejo de la UE: Después de la votación del Parlamento, la propuesta se envía al Consejo de la UE (representado por los gobiernos de los Estados miembros). El Consejo puede aceptar la posición del Parlamento o proponer enmiendas.
- Segunda lectura en el Parlamento Europeo: Si el Consejo introduce enmiendas, el Parlamento debe aprobar o rechazar el texto modificado. Si el Parlamento no está de acuerdo, puede proponer más cambios.
- Conciliación: Si el Parlamento y el Consejo no logran ponerse de acuerdo después de la segunda lectura, se crea un comité de conciliación con miembros de ambos órganos para encontrar un acuerdo. Este acuerdo debe ser aprobado por ambas partes.
- Aprobación final: Si ambas instituciones llegan a un acuerdo, la legislación es adoptada y se publica en el Diario Oficial de la UE.
Este proceso asegura un equilibrio de poder entre los Estados miembros y los ciudadanos, representados por el Parlamento Europeo.
Procedimiento Legislativo Especial
- Propuesta de la Comisión Europea: La Comisión Europea presenta una propuesta legislativa, tal como en el procedimiento ordinario.
- Examen y aprobación por el Consejo: En lugar de someter la propuesta directamente al Parlamento, el Consejo de la UE es el principal responsable de la toma de decisiones. El Consejo puede aprobar, rechazar o enmendar la propuesta.
- Consulta al Parlamento Europeo: En algunos casos, el Parlamento tiene un papel consultivo. Esto significa que el Parlamento puede expresar su opinión, pero el Consejo no está obligado a seguirla. Sin embargo, en algunos procedimientos especiales, el Parlamento puede tener un papel de aprobación o objeción, pero siempre depende de las circunstancias específicas y del área legislativa en cuestión.
- Aprobación final: Si el Consejo y el Parlamento están de acuerdo (en casos en los que el Parlamento tiene poder de aprobación), la legislación se adopta. Si no hay acuerdo, el proceso puede terminar sin que se apruebe la ley.
Integración Europea
La integración europea es un proceso histórico que comenzó tras la Segunda Guerra Mundial con el objetivo de promover la paz, la estabilidad y la cooperación entre los países europeos. Se inició con la creación de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA) en 1951, que unió a seis países (Francia, Alemania, Italia y los países del Benelux) para gestionar recursos clave y evitar conflictos. En 1957, los Tratados de Roma establecieron la Comunidad Económica Europea (CEE) y EURATOM, creando un mercado común y promoviendo la libre circulación de bienes, servicios, personas y capitales. A medida que avanzaba la integración, más países se unieron, y la cooperación pasó de ser puramente económica a incluir áreas como política exterior, justicia y seguridad, con la creación de la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC).
El Tratado de Maastricht (1992) fue clave, ya que fundó la Unión Europea (UE) y estableció la Unión Económica y Monetaria (con el euro) y la ciudadanía europea. Existen diferentes teorías de integración, como el federalismo, que aboga por la cesión de soberanía a una autoridad supranacional; el unionismo, que promueve la cooperación entre Estados sin perder soberanía; y el funcionalismo, que propone una integración gradual en áreas clave. Los desafíos actuales incluyen la gestión de la migración, el impacto del Brexit y las desigualdades económicas dentro de la UE.
Las Modificaciones a los Tratados Constitutivos
Estas modificaciones reflejan la expansión y profundización de la integración europea y han sido necesarias para adaptar la UE a las nuevas realidades políticas, económicas y sociales. Aquí se resumen los principales cambios:
- El Tratado de Bruselas (1965): Este tratado fusionó las tres instituciones de las Comunidades Europeas (la Comunidad Económica Europea, la Comunidad Europea de la Energía Atómica y la CECA) en una única institución, simplificando y racionalizando la estructura institucional de la UE. El resultado principal fue la unificación de las tres instituciones existentes, eliminando duplicaciones y mejorando la eficiencia.
- La ampliación de la UE en los años 70 y 80: Durante estas décadas, varios países se unieron a la Comunidad Europea (por ejemplo, el Reino Unido, Irlanda y Dinamarca en 1973, y España y Portugal en 1986). La estructura interna de la UE también cambió para hacer frente al aumento del número de miembros y la expansión de competencias.
- Acta Única Europea (1986-1987): Introdujo cambios significativos en la UE, especialmente con el objetivo de crear un mercado único. Se definieron nuevas políticas de cooperación entre los Estados miembros y se amplió el sufragio activo para las elecciones al Parlamento Europeo. Se establecieron bases para la creación de una moneda única, lo que posteriormente llevaría a la creación del euro.
- Tratado de Maastricht (1992): Transformó la Comunidad Económica Europea (CEE) en la Unión Europea (UE), ampliando su alcance más allá de lo económico, hacia áreas como la política exterior y de seguridad (PESC) y la justicia y asuntos interiores (JAI). Se introdujo la ciudadanía europea y la base para la Unión Económica y Monetaria (UEM) con la creación del euro.
- Tratado de Ámsterdam (1997): Reformas institucionales que preparaban a la UE para la futura ampliación hacia Europa del Este. Se amplió el procedimiento de codecisión, que otorga al Parlamento Europeo mayor poder legislativo. Creación del Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia.
- Tratado de Niza (2001): Reformas para mejorar la eficacia y funcionalidad de la UE con la incorporación de nuevos países y la redacción de una Carta de los Derechos Fundamentales. Modificó el voto por mayoría cualificada y ajustó el peso de los Estados en las decisiones del Consejo de la UE.
- Tratado de Lisboa (2007): Afirmó la personalidad jurídica propia de la UE, transformando su estructura institucional, y eliminó la división en pilares que existía en Maastricht. La Carta de los Derechos Fundamentales se convirtió en vinculante, y la UE adquirió una capacidad reforzada para actuar en política exterior. Introducción de nuevas reglas de votación en el Consejo y refuerzo del papel del Parlamento Europeo.