Acta de Replanteo, Pagos y Revisiones de Precios en Contratos de Obra
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Acta de Replanteo e Inicio de Obra
El Acta de Replanteo (AR) es la fijación de un plazo para que comience la obra. En el contrato se fija la fecha para que las dos partes (promotor y constructor) firmen el Acta de Comprobación del Replanteo e Inicio de Obra. La fecha oficial de inicio de las obras suele marcarse al día siguiente de la firma del AR. En el AR, ambas partes hacen constar si existen impedimentos para dar comienzo a la ejecución de las obras y se ordena el inicio de las mismas.
Si no hay ningún impedimento, el AR será condicionada. Por otra parte, si existe algún condicionante que es difícil de resolver, el AR será negativa. En este último caso, no se inician las obras y ambas partes deben fijar un plazo máximo para la resolución, para dar comienzo al total o parcial de los trabajos.
Trámites de Pago: Pagarés y Transferencias
Una vez que se ha aceptado la factura, se da comienzo a los trámites asociados al pago. Las formas de pago más usadas son el pagaré y la transferencia. Hay diferentes tipos de pagarés, los más habituales son:
- A la orden: Se designa a una persona como titular del derecho.
- Nominativos, no a la orden: Con este, el firmante expresa la prohibición de que el título se pueda transmitir mediante endoso.
- Nominativos, sin cláusula a la orden: Similar a los pagarés a la orden.
- Para abonar en cuenta: Incluyen una cláusula que indica que se debe abonar en cuenta.
- Cruzados (general y especial): Presenta dos líneas; este pagaré solo podrá ser cobrado por el legítimo tenedor mediante abono de cuenta, y si es cliente de la entidad bancaria, podrá cobrarlo en ventanilla.
Las fechas tope suelen ser 90, 120, o 180 días.
Negociación de Revisiones de Precios
En la negociación de las revisiones de precios se fijan tres aspectos:
- La base de la revisión: La revisión debe partir del precio inicial acordado con el proveedor para el primer suministro. En el contrato se debe especificar que este es el precio de suministro y solo sirve como base para la revisión, y no como precio de acopio o entrega de materiales.
- El índice de revisión: Este índice debe estar relacionado con la evolución del mercado y debe ser específico a nuestro producto. Si no se pudiera obtener un IE, se puede tomar el Índice de Precios Industriales, cuya variación siempre está más cercana a nuestro mercado.
- Periodicidad de la revisión: Se debe establecer una periodicidad para la revisión, que puede ser mensual, bimensual o trimestral. Lo ideal es que estas fechas coincidan con los periodos de facturación o múltiplos de estos, ya que de no ser así, tendríamos diversidad de precios y facturas para un mismo producto en un mismo periodo de facturación.