El Absolutismo: Características, Orígenes y Críticas en la Filosofía Política

Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Griego

Escrito el en español con un tamaño de 4,05 KB

Absolutismo es el sistema político-administrativo por el que tienden a regirse principales estados europeos en la Edad Moderna y en el que la máxima autoridad la ejerce en forma arbitraria el rey.

Características del Absolutismo

  • Poder Concentrado: El poder está concentrado en el rey. Sus colaboradores inmediatos y sus familiares forman la corte. Dentro de esta, o entre quienes él considera más capacitados en el reino, escoge sus ministros, a los que nombra y remueve a su antojo.
  • Falta de Ordenamiento Legal: No hay un ordenamiento de leyes escritas; se impone la consuetudinaria y los dictados arbitrarios.
  • Consulta Arbitraria: Existen organismos colegiados que solo son llamados, siempre al antojo del rey, para consulta, no para tomar decisiones libremente.
  • Tribunales Sometidos: Hay tribunales centrales y provinciales, pero siempre están sometidos a la última palabra del rey.
  • Comunidades Municipales: Existen las comunidades municipales, pero estas están siempre supeditadas al poder real.
  • Desigualdad Ciudadana: Los ciudadanos, sometidos a una división de clases, carecen de derechos; no se les considera iguales ante la ley y el rey puede dictar medidas en perjuicio suyo.

Teoría del Derecho Divino

¿Qué fue la teoría de derecho divino? Quiere decir que toda esa concentración de poderes en el rey es concesión proveniente del mismo Dios.

Origen de la Teorización del Derecho Divino

La teorización del derecho divino de los reyes, ya como doctrina, se debe a dos ingleses: un rey y un filósofo. Se trata de Jacobo I de Estuardo y de Thomas Hobbes.

Jacobo I

Siendo aún simple pretendiente al trono inglés y con miras a gobernar en forma más absolutista que sus predecesores, escribió en 1598 La verdadera ley de las monarquías libres. Entre ideas extravagantes, están:

  1. El poder de los reyes es de origen divino.
  2. Solo el rey debe hacer las leyes.
  3. Solo el rey goza del derecho de libertad.
  4. Solo el rey goza del derecho de propiedad.
  5. Solo el rey puede discutir e investigar los asuntos de la monarquía.

Hobbes

La doctrina del filósofo Thomas Hobbes aparece expuesta en su libro Leviatán. Sus principales grupos son:

  1. Los hombres nacieron iguales, pero a la larga llegaron a la desigualdad.
  2. Son egoístas e insociables, viven en lucha constante por imponerse sobre los demás. De aquí resulta la intranquilidad.
  3. Buscando la paz, los hombres convinieron en ser regidos por un grupo. De allí surgió el gobierno dentro del estado.
  4. La paz verdadera se logra cuando ese grupo gobierna con rigidez y en él el principal representante es el rey. Para Hobbes, el rey es la ley y su poder debe ser absoluto.

Doctrinas en Contra del Absolutismo

Locke

Locke escribió Ensayo sobre el entendimiento humano y Ensayo sobre el gobierno civil. Las principales son:

  1. Existe el derecho natural: garantía de libertad, de igualdad y de propiedad.
  2. El hombre se ha agrupado en sociedad, se ha dado gobiernos y ha dado a estos poder.
  3. Por eso, los pueblos poseen soberanía: derecho primordial de gobernarse.

Montesquieu

Montesquieu escribió Grandeza y decadencia de los romanos, Cartas persas y El Espíritu de las leyes. Se puede resumir en los siguientes puntos:

  1. La soberanía reside en el pueblo, más no en el rey.
  2. El rey es un simple representante del pueblo en el gobierno.
  3. El rey ni gobernante alguno deben ejercer su autoridad arbitrariamente ni concentrar en sí todo el poder. Este debe dividirse en poder legislativo, judicial y ejecutivo.
  4. La escena de todo entendimiento entre la ley y sus súbditos debe ser de virtud.

Entradas relacionadas: