Historia de españa
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Tema1: El trabajo: el trabajo es el conjunto de capacidades físicas y las intelectuales de las personas que intervienen en la producción de bienes y servicios. El trabajo lo podemos clasificar en: 1)El trabajo por cuenta ajena es el que se realiza para otra persona. 2)El trabajo por cuenta propia: es aquel que es realizado por o para uno mismo, asumiendo la dirección y los riesgos. Teniendo en cuenta el sujeto o entidad para la que se trabaja: 1)Sector privado: Esta formado por el conjunto de empresas privadas (El trabajador asalariado). 2)Sector privado: Está compuesto por las entidades que pertenecen a las Administraciones Publicas: Estado, Comunidades Autonom... (El trabajador Funcionario) **Relaciones laborales: son las relaciones entre empresario y trabajador que tienen las siguientes característica: -Relación personal (trabajo personal e intransferible), -Trabajo voluntario (firma del contrato voluntariamente), -Dependiente (obedece las ordenes del empresario), -Por cuenta ajena (los riesgos y los frutos del empresario), -Retribuido (sueldo). Se regula por el estatuto de los trabajadores. **Relaciones no laborales: son aquellas en las que falta una o varias notas características de las anteriores, se regula por normas no laborales (civiles, administrativa, mercantiles): -Funcionarios públicos, -Prestaciones personales obligatorias, -Consejeros de empresas societarias, -Trabajos a titulo de amistad benevolencia y buena voluntad, -Trabajos familiares hasta 2º grado de parentesco sin salario y con convivencia familiar, -Agentes laborales que asumen el riesgo de la operación, -Transportista con autorización administrativa, Trabajadores autónomos. **Relaciones laborales especiales: Aunque tiene las cinco características, no se aplica el estatuto del trabajo y tienen normas laborales especiales: -Personal de alta dirección, -Empleados del hogar, -Penados de instituciones penitenciarias, -Deportistas profesionales, -Artistas en espectáculos públicos, -Representantes de comercio, -Minusválidos en centros especiales de empleo, -Estibadores portuarios, -Cualquier otro declarado por la ley. Derecho: conjunto de normas que regulan las relaciones sociales. Existen dos ramas: *Derecho privado: regula las relaciones entre particulares y administración publica cuando actúa como particular *Derecho publico: regula las relaciones entre administraciones publicas y particulares cuando las primeras actúan con poder Fuentes del derecho: Fuente material: poder que crea la norma (congreso, poder legislativo), y Fuente formal: la forma que adopta la norma (ley, decreto…) *Derecho laboral: es el conjunto de normas que regulan la relación entre el empresario y el trabajador por la que se presta un trabajo personal, voluntario, dependiente, por cuenta ajena y retribuida. Todo el derecho laboral se ordenador el principio de jerarquía normativa, por el cual, las normas de un rango pueden ser suprimidas por normas de igual o superior rango. Orden de normas: -Normas comunitarias directamente aplicables UE, -Constitución española, -Convenios OIT y convenios bilaterales o multilaterales, -Leyes orgánicas, -Leyes ordinarias, -Reglamento del gobierno, -Convenios colectivos, -Contratos, costumbres. El estatuto de los trabajadores es un derecho legislativo. Existen otros principios que pueden alterar el orden establecido por el principio de jerarquía normativa: *Principio de norma minima: una norma una vez aprobada no se puede modificar a peor por las normas posteriores, *Principio prooperario: cuando exista una ley ambigua se va a interpretar en el sentido mas favorable al trabajador, *Principio de condición mas beneficiosa: las normas deben respetar los derechos adquiridos por el contrato, *Principio de irrenunciabilidad de derechos: ni trabajador ni empresario pueden renunciar a estos derechos . Administración laboral:Desarrollar la política mediante los siguientes organismos: Ministerio de trabajo y asuntos sociales (administración central), consejerias de trabajo (administraciones autonómicas).Servicios inspección de trabajo: cumplimiento de normas, afiliación a la seguridad social, vigilar y cumplimentar la normativa de prevención de riesgos laborales, asesorar a trabajadores y empresarios en materias de empleo, relaciones laborales, seguridad y salud en el trabajo.Jurisdicción social: El poder judicial es 1 de los 3 poderes del estado. Su misión es juzgar hacer ejecutar lo juzgado y controlar la legalidad de los poderes públicos y ofrecer a todas las personas tutela efectiva en sus derechos e intereses legítimos. Los jueces y tribunales laborales son órganos encuadrados en la administración de justicia, su función es la resolución de conflictos laborales Los tribunales Laborales: La organización de los tribunales laborales es la siguiente: Juzgado de lo social: ámbito territorial la provincia resuelve conflictos individuales laborales y de seguridad social y conflictos colectivos y sindicales; Sala de lo social de los tribunales superiores: resuelven recursos de duplicación contra sentencias de los juzgados de lo social que excedan del ámbito de una provincia pero no de la comunidad autónoma; Salas de lo social de la audiencia de lo nacional: resuelven conflictos colectivos y sindicales de ámbito superior al de una CCAA; Sala de lo social del tribunal supremo: resuelve recursos de casación contra las sentencias de la sala de lo social de los tribunales superiores y sala de lo social de la audiencia nacional. El tribunal supremo es el órgano de mayor rango del poder judicial en el estado.