Derechos humanos
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Que son los derechos humanos
Son todo lo que necesitamos para vivir dignamente, es decir, todo lo que las personas y colectivos requieren para desarrollarse plenamente, como una buena alimentación, educación, salud, empleo, un medio ambiente sano, respeto a la integridad física y psicológica, libertad de expresión, de religión, de tránsito y muchas cosas más. Representan además, instrumentos que promueven el respeto a la dignidad humana, a través de la exigencia de la satisfacción de dichas necesidades.
Las principales características que se les atribuyen son:
Inherentes: Porque son innatos a todos los seres humanos sin distinción alguna, pues se asume que nacemos con ellos. Por tanto, estos derechos no dependen de un reconocimiento por parte del Estado.
Universales: Por cuanto se extienden a todo el género humano en todo tiempo y lugar; por tanto, no pueden invocarse diferencias culturales, sociales o políticas como excusa para su desconocimiento o aplicación parcial.
Absolutos: Porque su respeto se puede reclamar indistintamente a cualquier persona o autoridad.
Inalienables: Por ser irrenunciables, al pertenecer en forma indisoluble a la esencia misma del ser humano; no pueden ni deben separarse de la persona y, en tal virtud, no pueden trasmitirse o renunciar a los mismos, bajo ningún título.
Inviolables: Porque ninguna persona o autoridad puede actuar legítimamente en contra de ellos, salvo las justas limitaciones que puedan imponerse de acuerdo con las exigencias del bien común de la sociedad.
Imprescriptibles: Porque no se pierden por el transcurso del tiempo, independientemente de sí se hace uso de ellos o no.
Indisolubles: Porque forman un conjunto inseparable de derechos. Todos deben ser ejercidos en su contenido esencial(6), al tener igual grado de importancia
Indivisibles: Porque no tiene jerarquía entre sí, es decir, no se permite poner unos por encima de otros ni menos sacrificar un tipo de derecho en menoscabo de otro.
Irreversibles: Porque todo derecho formalmente reconocido como inherente a la persona humana queda irrevocablemente integrado a la categoría de derecho humano, categoría que en el futuro no puede perderse.
Progresivos: Porque dado el carácter evolutivo de los derechos, en la historia de la humanidad, es posible que en el futuro se extienda la categoría de derecho humano a otros derechos que en el pasado no se reconocían como tales o aparezcan otros que en su momento se vean como necesarios a la dignidad humana y, por tanto, inherentes a toda persona.
El origen de los derechos humanos aparece por la propia necesidad del hombre de convivir con sus semejantes debido a que no es capaz de bastarse por sí mismo. Nuestra existencia se desarrolla en un marco de relaciones interpersonales, las cuales van a ser el centro de nuestra atención. Esto confiere a la vida social una notable importancia, y es por ello que nos vemos obligados a establecer unas normas básicas. A partir de estas normas, el hombre puede relacionarse con sus semejantes sabiendo que se encuentra en las mismas condiciones que los demás, y que a partir de estas intentará hallar la felicidad.
PRIMERA GENERACIÓ N
Derechos Civiles y políticos :
Denominados libertades clásicas, originarios de la Declaración de los derecho del Hombre: civiles y políticos de 1789. Imprescriptibles,
Inajenables, intransmisibles,
Irrenunciables. Gozan de Protección jurídica.
*Toda persona tiene derechos y libertades fundamentales, sin distinción de raza, color, idioma, posición social o económica.
*Toda individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica.
*Los hombres y las mujeres poseen iguales derechos.
Nadie estará sometido a esclavitud.
*Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre.
*Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, no se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral.
*Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar, domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación.
*Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia.
*Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
*en caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país.
*Los hombres y la mujeres tienen derecho a casarse y a decidir el número de hijos que desean.
*Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento y de religión.
*Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión de ideas.
SEGUNDA GENERACIÓ N
Derechos económicos, sociales y culturales :
Propios del Estado social de derecho, consagrados en normas constitucionales, buscan ser accesibles y disfrutables. Se demanda un Estado que accione programas y estrategias para su logro y goce efectivo. Tienen conexión efectiva, en algunos casos con los de primera generación. algunos surgen a partir de la declaración de 1848.
*Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales.
*Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias.
*Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses.
*Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a ella y a su familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios sociales necesarios.
*Toda persona tiene derecho a la salud física y mental.
*Durante la maternidad y la infancia toda persona tiene derecho a cuidados y asistencia especial.
*Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversa modalidades.
*La educación primaria y secundaria es obligatoria y gratuita.
TERCERA GENERACIÓ N
Derechos Colectivos :
Promovido a partir de la década de los 60 originados de la descolonización de los pueblos, buscan incentivar el progreso social y elevar el nivel de vida de los pueblos, en el marco de la igualdad jurídica de los Estados y interrelación entre la Naciones a través de la cooperación.
*La autodeterminación
*La independencia económica y política.
*La identidad nacional y cultural.
*La Paz.
*La coexistencia pacífica.
*El entendimiento y confianza.
*La cooperación internacional y regional.
*La justicia Internacional.
*El uso de los avances de las ciencias y la tecnología.
*La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos.
*el medio ambiente.
*El patrimonio común de la humanidad.
*El desarrollo que permita una vida digna.
Son todo lo que necesitamos para vivir dignamente, es decir, todo lo que las personas y colectivos requieren para desarrollarse plenamente, como una buena alimentación, educación, salud, empleo, un medio ambiente sano, respeto a la integridad física y psicológica, libertad de expresión, de religión, de tránsito y muchas cosas más. Representan además, instrumentos que promueven el respeto a la dignidad humana, a través de la exigencia de la satisfacción de dichas necesidades.
Las principales características que se les atribuyen son:
Inherentes: Porque son innatos a todos los seres humanos sin distinción alguna, pues se asume que nacemos con ellos. Por tanto, estos derechos no dependen de un reconocimiento por parte del Estado.
Universales: Por cuanto se extienden a todo el género humano en todo tiempo y lugar; por tanto, no pueden invocarse diferencias culturales, sociales o políticas como excusa para su desconocimiento o aplicación parcial.
Absolutos: Porque su respeto se puede reclamar indistintamente a cualquier persona o autoridad.
Inalienables: Por ser irrenunciables, al pertenecer en forma indisoluble a la esencia misma del ser humano; no pueden ni deben separarse de la persona y, en tal virtud, no pueden trasmitirse o renunciar a los mismos, bajo ningún título.
Inviolables: Porque ninguna persona o autoridad puede actuar legítimamente en contra de ellos, salvo las justas limitaciones que puedan imponerse de acuerdo con las exigencias del bien común de la sociedad.
Imprescriptibles: Porque no se pierden por el transcurso del tiempo, independientemente de sí se hace uso de ellos o no.
Indisolubles: Porque forman un conjunto inseparable de derechos. Todos deben ser ejercidos en su contenido esencial(6), al tener igual grado de importancia
Indivisibles: Porque no tiene jerarquía entre sí, es decir, no se permite poner unos por encima de otros ni menos sacrificar un tipo de derecho en menoscabo de otro.
Irreversibles: Porque todo derecho formalmente reconocido como inherente a la persona humana queda irrevocablemente integrado a la categoría de derecho humano, categoría que en el futuro no puede perderse.
Progresivos: Porque dado el carácter evolutivo de los derechos, en la historia de la humanidad, es posible que en el futuro se extienda la categoría de derecho humano a otros derechos que en el pasado no se reconocían como tales o aparezcan otros que en su momento se vean como necesarios a la dignidad humana y, por tanto, inherentes a toda persona.
El origen de los derechos humanos aparece por la propia necesidad del hombre de convivir con sus semejantes debido a que no es capaz de bastarse por sí mismo. Nuestra existencia se desarrolla en un marco de relaciones interpersonales, las cuales van a ser el centro de nuestra atención. Esto confiere a la vida social una notable importancia, y es por ello que nos vemos obligados a establecer unas normas básicas. A partir de estas normas, el hombre puede relacionarse con sus semejantes sabiendo que se encuentra en las mismas condiciones que los demás, y que a partir de estas intentará hallar la felicidad.
PRIMERA GENERACIÓ N
Derechos Civiles y políticos :
Denominados libertades clásicas, originarios de la Declaración de los derecho del Hombre: civiles y políticos de 1789. Imprescriptibles,
Inajenables, intransmisibles,
Irrenunciables. Gozan de Protección jurídica.
*Toda persona tiene derechos y libertades fundamentales, sin distinción de raza, color, idioma, posición social o económica.
*Toda individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica.
*Los hombres y las mujeres poseen iguales derechos.
Nadie estará sometido a esclavitud.
*Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre.
*Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, no se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral.
*Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar, domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación.
*Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia.
*Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
*en caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país.
*Los hombres y la mujeres tienen derecho a casarse y a decidir el número de hijos que desean.
*Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento y de religión.
*Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión de ideas.
SEGUNDA GENERACIÓ N
Derechos económicos, sociales y culturales :
Propios del Estado social de derecho, consagrados en normas constitucionales, buscan ser accesibles y disfrutables. Se demanda un Estado que accione programas y estrategias para su logro y goce efectivo. Tienen conexión efectiva, en algunos casos con los de primera generación. algunos surgen a partir de la declaración de 1848.
*Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales.
*Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias.
*Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses.
*Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a ella y a su familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios sociales necesarios.
*Toda persona tiene derecho a la salud física y mental.
*Durante la maternidad y la infancia toda persona tiene derecho a cuidados y asistencia especial.
*Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversa modalidades.
*La educación primaria y secundaria es obligatoria y gratuita.
TERCERA GENERACIÓ N
Derechos Colectivos :
Promovido a partir de la década de los 60 originados de la descolonización de los pueblos, buscan incentivar el progreso social y elevar el nivel de vida de los pueblos, en el marco de la igualdad jurídica de los Estados y interrelación entre la Naciones a través de la cooperación.
*La autodeterminación
*La independencia económica y política.
*La identidad nacional y cultural.
*La Paz.
*La coexistencia pacífica.
*El entendimiento y confianza.
*La cooperación internacional y regional.
*La justicia Internacional.
*El uso de los avances de las ciencias y la tecnología.
*La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos.
*el medio ambiente.
*El patrimonio común de la humanidad.
*El desarrollo que permita una vida digna.